Aunque no se tiene nuevo decreto por parte del alcalde de Ibagué, Andrés Fabián Hurtado, se le recuerda a la comunidad ibaguereña, que sigue vigente el decreto 675 dado a conocer el pasado 24 de diciembre del 2020 donde se adoptó el toque de queda con confinamiento total.
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De igual manera, se estableció el toque de queda nocturno, el cual sigue activo hasta el próximo lunes 4 de enero del año 2021.
Según lo indicado por la Alcaldía a las noticias populares de La Cariñosa 1.420 AM, esta noche las personas deben estar en casa antes de las 8:00 de la noche debido a que a esa hora empieza la restricción de la movilidad nocturna.
Es decir que, que la ciudad sigue con medidas restrictivas de la siguiente manera:
- 2 de enero de 8:00 de la noche hasta las 6:00 de la mañana del 3 de enero de 2021.
- 3 de enero de 8:00 de la noche hasta las 6:00 de la mañana del 4 de enero de 2021.
Las personas para salir deben cumplir con el pico y cédula de la siguiente manera:
- Lunes: 0-1-2-3
- Martes: 4-5-6-7
- Miércoles: 8-9-0-1
- Jueves: 2-3-4-5
- Viernes: 6-7-8-9
- Sábado: 0-1-2-3-4
- Domingo: 5-6-7-8-9
Así las cosas, estas medidas se deben cumplir para evitar sanciones, además, por ahora, no hay más decisiones por parte del Gobierno Ibagué Vibra. Se espera que el próximo lunes 4 de enero el mismo mandatario local expida un nuevo decreto o adopte el del gobernador del Tolima, Ricardo Orozco.
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¿Qué dice el gobernador?
Desde el pasado 31 de diciembre de 2020, el gobernador del Tolima, Ricardo Orozco, dio a conocer el decreto 1167 donde se estableció toque de queda nocturno extendido desde las 10:00 de la noche, hasta las 5:00 de la mañana del día siguiente. Dicha determinación irá hasta el 12 de enero, pero el alcalde de Ibagué, Andrés Fabián Hurtado, no la ha adoptado.
Así mismo se establecieron:
- El consumo de bebidas embriagantes en espacios abiertos y establecimientos de comercio desde las 10 de la noche hasta las 5 de la mañana del 2 de enero hasta el 12 del mismo mes.
- No se prohíbe el expedido de bebidas embriagantes.
- Vigilar y restringir la movilización y desplazamiento de personas a fin de garantizar la salud de los ciudadanos evitando aglomeraciones.
- En ningún municipio del departamento se pueden habilitar los siguientes espacios públicos, actividades presenciales, eventos de carácter público o privado que impliquen aglomeraciones de personas.
- Instar a los alcaldes del departamento a adoptar las medidas que salvaguarden la vida de los ciudadanos.
- Tener activas las excepciones que se han venido adoptando junto al Ministerio del Interior.