Mediante el Decreto Numero 054 se dieron a conocer las nuevas medidas tomadas en materia de seguridad y bioseguridad, con el fin de garantizar el bienestar de la comunidad, ya que el municipio de Carmen de Apicalá es considerado como uno de los destinos mas turístico en la religión.
Hoy 16 de Julio, desde la media noche, hasta el miércoles 21 de julio se tendrán las siguientes medidas:
- Queda prohibido la realización de marchas, procesiones, caravas, desfiles y cualquier actividad que impliquen aglomeraciones.
- No usar equipos de sonido al menos alrededor de 200 metros alrededor de la iglesia.
- Prohibido el porte de armas contundentes, corto contundentes, corto punzantes, punzantes, armas de fuego y demás que causen lesiones.
Lea También: Una cena regalada le puede salir costando una millonaria deuda en Ibagué
El Consejo extraordinario de Seguridad, decidió tomar estas medidas para disminuir los casos de hurto y lesiones personales que se presentan cada año, garantizando desde la Administración, salvaguardar la vida de los habitantes del municipio y turistas.
Por otro lado los hospitales de Carmen de Apicalá, deberán garantizar con medidas necesarias, la prestación de servicios de Salud durante el tiempo que se desarrolla la jornada, la cual obligará reportar cualquier eventualidad que se presente y sobrepase la capacidad.
Lea También: Más de 1.000 tolimenses se podrían quedar sin los 160 mil pesos del Ingreso Solidario
“La iglesia estará cerrada para evitar aglomeraciones, pero en el atrio de la iglesia habrá una serie de eventos con las medidas de bioseguridad. Todos quisiéramos estar en el templo de la Virgen del Carmen, pero también nos toca hacer un esfuerzo y cuidarnos para evitar más contagios” manifestó el secretario de salud departamental, Jorge Bolívar.
Cabe resaltar que las personas que infrinjan las prohibiciones previstas con el Decreto, tendrán una multa de 5 salarios mínimos diarios legales vigentes y de conformidad a lo señalado en el Código Nacional de Policía y Convivencia Ciudadana, impuesta por la autoridad, con previo al regulado del Código de Procedimiento y Contencioso Administrativo.